jueves, 3 de marzo de 2016

Normas Técnicas Curriculares De acuerdo con el Artículo 5 de la Ley 715 de 2001, la Nación debe establecer las normas técnicas curriculares y pedagógicas para los niveles de la educación preescolar, básica y media, sin que esto vaya en contra de la autonomía de las instituciones educativas y de las características regionales. Se darán orientaciones para la elaboración del currículo, respetando la autonomía para organizar las áreas obligatorias e introducir asignaturas optativas de cada institución. El currículo que se adopte en cada establecimiento educativo debe tener en cuenta: Los fines de la educación y los objetivos de cada nivel y ciclo definidos por la Ley 115 de 1994. Las normas técnicas, tales como estándares para el currículo u otros instrumentos que defina el MEN. Los lineamientos curriculares. En este sentido, el Ministerio se encuentra preparando los estándares para los currículos de matemáticas, ciencias naturales y lenguaje, que espera entregar en mayo, y posteriormente lo hará en las demás áreas. WEBGRAFIA: http://www.mineducacion.gov.co/1621/article-87801.html

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